Resumen: Libertad Sindical. SE pretende y estima vulneración derecho Libertad Sindical del Sindicato actuante al no haberse negociado contenido de la Circular que afecta a situación COVID jornadas y condiciones regreso al trabajo, que se negociaban anteriormente. Las dos Circulares de 8 de mayo objeto del procedimiento ahora estudiado no reunieron en el caso presente la exigencia de negociación de buena fe por parte de la empresa demandada, dado que, como se ha hecho constar en el hecho probado duodécimo - con base en el Acta de la Comisión negociadora de 8 de mayo de 2020, obrante al Documento n.º 8 de los aportados por la parte demandada -, la empresa ha convocado tal reunión para dicha fecha para presentar y, en su caso, debatir la propuesta de Circular de la Directora de Recursos Humanos, siendo así que ese mismo día, sin más negociación, se dictó por ella misma la Circular en cuestión, así como la Comunicación del mismo día del Jefe de Área de Personal y Régimen Jurídico de la AVPE dirigida a todo el personal de ese Organismo Autónomo sobre la reincorporación con carácter general a la actividad presencial.
Resumen: PRIMERO.- SOPORTE FÁCTICO Y VALORACIÓN DE LA PRUEBA.